PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ELEVA EL LÍMITE EXENTO DE LA OBLIGACIÓN DE APORTAR GARANTÍA EN LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO

El Ministerio de Hacienda y Función Pública elevará a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias.

El cambio, que ampliaría esta cantidad respecto a los actuales 30.000 euros en los que se encuentra este límite, figura en el Proyecto de Orden Ministerial que Hacienda publicó el martes 21 de febrero de 2023.

La orden explica que no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.

Para el cálculo del importe de la deuda, se acumularán en el momento de la solicitud tanto las deudas a las que se refiera la propia solicitud como todas aquellas del mismo deudor para las que se haya solicitado y aún no se haya resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.

El objetivo de esta medida, cuya entrada en vigor el Proyecto de Orden prevé que sea para el 15 de abril, es, según explica el propio Ministerio de Hacienda, “mantener la finalidad última de la exención prevista, otorgando facilidades al obligado al pago para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante sus dificultades económico-financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión de estas solicitudes mediante el impulso de su gestión automatizada”, teniendo en cuenta el actual contexto económico de inflación y las dificultades en las economías domésticas generadas por la invasión rusa en Ucrania y la persistencia de los efectos de la crisis provocada por el Covid-19.

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Alejandro Carbonell / Noemí Blanquer

Socios A2N Estudio Jurídico y Fiscal, S.L.P.

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